2022

AYUDAS INFO

PROGRAMA DE APOYO A LA ENTRADA DE INVERSORES PRIVADOS EN EMPRESAS INNOVADORAS DE RECIENTE CREACIÓN

 

1. Plazo de solicitud: Abierta desde el 27/03/22 hasta el 30/06/22.

2. Tipo de financiación: Subvención en Régimen de Concurrencia Especial. 

3. Objeto: Fomentar la creación, puesta en marcha y consolidación en la Región de Murcia de empresas innovadoras de reciente creación, basada en la figura de los inversores privados que ayuden a su capitalización mediante la toma de participación en el capital social de las mismas.

 

4. Tipo de Ayuda: Subvención a fondo perdido sobre los costes elegibles, resultado de aplicar el 100% sobre los primeros 10.000 euros de la aportación realizada al capital social por el inversor privado, más un 25% sobre el importe que exceda de esa cantidad, hasta una cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento de 20.000 euros por beneficiario.

 

5. Beneficiarios: Pequeñas empresas que desarrollen su actividad en la Región de Murcia, inscritas de forma societaria, con una antigüedad inferior a 5 años en el momento de la solicitud y debe ser considerada Empresa Innovadora de Reciente Creación, es decir, aquellas con un modelo de negocio innovador y escalable, con una clara diferenciación con respecto a sus competidores y capaz de generar ingresos de forma exponencial al crecimiento de su estructura de costes.

Además, debe ser una empresa no cotizada, que no haya repartido beneficios y que no sea el resultado de un proceso de fusión o concentración con otra/s, así como que no se haya hecho cargo de la actividad de otra empresa.

Por ultimo, su actividad debe estar enmarcada en los ámbitos considerados prioritarios en la Estrategia de Especialización Inteligente de la Región de Murcia (RIS3MUR – www.ris3mur.es).

 

6. Requisitos: 

a) La realización de los costes elegibles por parte del beneficiario y de la aportación de capital por parte del inversor privado, incluida la formalización de la misma, deberá realizarse con posterioridad a la presentación de la solicitud.

 

b) Las participaciones societarias de los inversores privados serán mediante aportaciones dinerarias, quedando excluidas cualesquiera otras modalidades, tales como las aportaciones en especie, y las transformaciones de deudas de socios en capital. No será admitidas nuevas aportaciones de socios existentes, aportaciones provenientes de una empresa del grupo o empresas vinculadas, así como las de inversores privados con un grado de parentesco, por consanguinidad o afinidad, igual o inferior al cuarto grado, con los socios y administradores de la empresa innovadora de reciente creación subvencionada.

 

c) Las operaciones elegibles de toma de participación en el capital de las empresas deberán ser realizadas por uno o más inversores privados, que en el caso de personas físicas que no pertenezcan a una red de inversores privados o a un vehículo de inversión, deberán demostrar experiencia inversora anterior en al menos una empresa innovadora de reciente creación. La participación de, uno o más, inversores privados deberá ser igual o superior a 10.000 euros y no podrá producirse la desinversión en la empresa beneficiaria durante al menos 3 años desde que se realiza la aportación de capital.

 

7. Costes elegibles:

  • Costes salariales directos de personal incluidas las cotizaciones sociales obligatorias a cargo de la empresa, siempre y cuando la creación y contratación del empleo no haya disfrutado de ningún tipo de ayuda, todo ello incrementado en un 15% correspondiente a la imputación de costes indirectos del beneficiario de conformidad con lo previsto en el artículo 68.1.b) del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, de 17 de diciembre de 2013.
  • Gastos de colaboraciones externas (contratos con terceros) incluidos los gastos de alquiler de inmuebles, instalaciones, y de equipos de producción, que podrán estar financiados mediante alquiler, arrendamiento financiero (leasing) o “renting”, gastos de consultoría relacionados con la preparación y negociación de la Due Dilligence, y gastos de viajes, alojamientos y entradas para participar en foros y encuentros de inversión.
  • Inversiones en activos materiales e inmateriales.

 

 

Si necesitas más información o asesoramiento en la tramitación, puedes contactar con nosotros a través del email asesoramiento@ceeim.es o llamando al 968904808.