Ayudas INFO para la contratación de servicios de asesoramiento (Cheque Europa)
1. Plazo de solicitud: Abierta desde el 24 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.
2. Tipo de financiación: Subvención en Régimen de Concurrencia Especial.
3. Objeto: Este programa está destinado a incentivar a las pymes de la Región de Murcia, para la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia en Programas y Proyectos Europeos, según clasificación del Instituto de Fomento de la Región de Murcia y prestados por proveedores acreditados.
Categorías del servicio:
Categoría A. Programas de I+D+i Horizonte Europa
- La empresa solicitante es el promotor del proyecto y líder del Consorcio a formar.
Categoría B. Programas de I+D+i
- La empresa solicitante opta a participar como socio de proyectos presentados (evaluación en única fase o solo segundas fases en caso de evaluaciones en dos fases).
- Propuesta completa del programa Accelerator.
Categoría C.
- La empresa solicitante opta a participar como socio de proyectos presentados al Programa Horizonte Europa (primeras fases en caso de evaluaciones en dos fases).
- Propuesta completa del programa Accelerator.
4. Beneficiarios:
- PYMES cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca y acuicultura, a la producción primaria de los productos agrícolas, y la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera concedida a empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera,
5. Requisitos:
-
- No haber iniciado el proyecto.
- Aportación mínima del 20% del beneficiario.
- El proyecto debe estar enmarcado dentro de la RIS3
- Deberá especificar claramente la convocatoria del Programa Europeo o de Cooperación Tecnológica Multilateral o Bilateral a cuya financiación opta.
- El proveedor de los servicios debe estar acreditado por el Instituto de Fomento.
- El proveedor de los servicios no podrá formar parte del consorcio como socio.
- La propuesta final debe ser remitida al organismo competente de cada programa y debe ser admitida para su evaluación por el órgano de gestión de la convocatoria europea.
6. Importe Ayuda:
- Subvención a fondo perdido del 80% ó 60% en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable aprobado.
La subvención máxima por categorías del servicio será:
Categoría A: 10.000 euros.
Categoría B: 6.000 euros.
Categoría C: 2.500 euros.
El valor del Cheque Europa (la subvención) estará condicionado al coste final de servicio prestado.
El beneficiario no podrá obtener más de un Cheque Europa por ejercicio anual de la misma categoría.
Ayuda con carácter de mínimis.
7. Costes elegibles:
- Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos del programa, contratados en su totalidad a proveedores acreditados por el Instituto de Fomento para la prestación de servicios de Consultoría en Proyectos Europeos o en Cooperación Tecnológica Multilateral o Bilateral de este Programa.
- Los servicios subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa. Quedan excluidos aquellos gastos en servicios no incluidos en el objeto de este programa.
- Los costes subvencionables serán, como máximo, por importe de 12.500 euros.
Si necesitas más información o asesoramiento en la tramitación, puedes contactar con nosotros a través del email asesoramiento@ceeim.es o llamando al 968904808.