2019

Ayudas INFO

 

para la contratación de servicios de asesoramiento (Cheque Europa)

 

1. Plazo de solicitud: Abierta desde el 19 de julio de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019. 

2. Objeto: El Programa pretende fomentar la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia en Programas y Proyectos Europeos, según clasificación del Instituto de Fomento de la Región de Murcia y prestados por proveedores acreditados.

Categoría A.

  • Programas de I+D+i Horizonte 2020
  • La empresa solicitante es el promotor del proyecto y líder del Consorcio a formar.

Categoría B.

  • Programas de I+D+i
  • La empresa solicitante opta a participar como socio de proyectos presentados (evaluación en única fase o solo segundas fases en caso de evaluaciones en dos fases).
  • Optar a Instrumento PYME FASE 2.

Categoría C.

  • La empresa solicitante opta a participar como socio de proyectos presentados al Programa H2020 (primeras fases en caso de evaluaciones en dos fases).
  • Optar a Instrumento PYME FASE 1.

 

3. Beneficiarios: Pymes con escasa o nula experiencia en el ámbito de los Programas y Proyectos Europeos, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Región de Murcia (salvo sectores excluidos).

 

4. Ayuda:

Subvención a fondo perdido del 80% ó 60% en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable aprobado.

La intensidad y subvención máxima por categorías del servicio será:

Categoría A: 80% de los costes elegibles. 10.000 euros.

Categoría B: 80% de los costes elegibles. 6.000 euros.

Categoría C: 60% de los costes elegibles. 2.500 euros.

El valor del Cheque Europa (la subvención) estará condicionado al coste final de servicio prestado.

El beneficiario no podrá obtener más de un Cheque Europa por convocatoria de la misma categoría.

Ayuda con carácter de mínimis.

 

5. Requisitos a tener en cuenta:

  1. No haber iniciado el proyecto.
  2. Aportación mínima del beneficiario del 20% o 40% según la categoría.
  3. La solicitud se acompañará de un documento que justifique la necesidad e impacto del proyecto presentado y deberá especificar claramente la convocatoria del Programa Europeo o de Cooperación Tecnológica Multilateral o Bilateral a cuya financiación opta.
  4. El proveedor de los servicios debe estar acreditado por el Instituto de Fomento.
  5. El proveedor de los servicios no podrá formar parte del consorcio como socio.
  6. La propuesta final debe ser remitida al organismo competente de cada programa y debe ser admitida para su evaluación por el órgano de gestión de la convocatoria europea.
  7. Disponer la suficiente capacidad administrativa, financiera y operativa para la realización de los proyectos subvencionados.
  8. No haber obtenido una subvención a la misma categoría solicitada en cualquier convocatoria anterior del CHEQUE EUROPA.

6. Costes elegibles: 

  • Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos del programa, contratados en su totalidad a proveedores acreditados por el Instituto de Fomento para la prestación de servicios de Consultoría en Proyectos Europeos o en Cooperación Tecnológica Multilateral o Bilateral de este Programa.
  • Los servicios subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa. Quedan excluidos aquellos gastos en servicios no incluidos en el objeto de este programa.
  • Los costes subvencionables serán, como máximo, por importe de 12.500 euros.

 

 

Si necesitas más información o apoyo en la solicitud, puedes contactar con nosotros llamando al 968904808. 

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