1 | Plazo de solicitud: Abierta desde el 2 de septiembre del 2022 en la sede electrónica de Red.es. Tendrán un plazo de presentación de 12 meses, acabando el 2 de septiembre del 2023 a las 11:00 horas.
2 | Tipo de financiación: Subvención en Régimen de Concurrencia no competitiva. Concesión directa (asignación de ayudas por orden de solicitud)
3 | Objeto: Fomentar la digitalización de las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, mejorando su competitividad y nivel de madurez digital.
El beneficiario destinará la subvención concedida a la contratación de una o varias soluciones de digitalización, llamándose su derecho de cobro “bono digital”, formalizando para ello Acuerdos de Presentación de Solicitudes de Digitalización con los agentes digitalizadores adheridos. Dicho “bono digital” no se hará efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario y como responsable último, presente la justificación de cuentas de la realización de la actividad para la que ha sido concedida la subvención y el órgano concedente considere justificada la ayuda.
4 | Beneficiarios:
Esta segunda convocatoria va dirigida a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo de entre 3 y menos de 10 empleados, correspondientes al Segmento II de las bases reguladoras del Programa Kit Digital.
Además de cumplir con el requisito anterior, las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo deberán contar con domicilio fiscal ubicado en territorio español.
5 | Importe Ayuda:
Para esta convocatoria, el importe máximo de ayuda o bono digital por beneficiario será de 6.000 € y con él las pymes podrán adquirir las soluciones de digitalización para 12 categorías (anteriormente eran 10, se han añadido las categorías de Presencia Avanzada en Internet y Market Place) que se muestran a continuación junto con los importes máximos de ayuda por categoría y los meses de prestación del servicio.
A continuación, te presentamos cuáles serán los importes máximos de ayuda por categoría, así como la duración que debe mantener la prestación del servicio:
Categoría de Soluciones de Digitalización |
Meses de prestación del servicio |
Segmento II 3 ≤ X*<10 empleados |
Sitio Web y Presencia básica en Internet[1] |
12 |
2.000 € |
Comercio electrónico |
12 |
2.000 € |
Gestión de Redes Sociales |
12 |
2.500 € |
Gestión de Clientes |
12 |
2.000 € (incluye 1 usuario) |
Business Intelligence y Analítica |
12 |
2.000 € (incluye 1 usuario) |
Gestión de Procesos. |
12 |
3.000 € (incluye 3 usuarios) |
Factura Electrónica. |
12 |
2.000 € (incluye 3 usuarios) |
Servicios y herramientas de Oficina Virtual |
12 |
250 €/usuario (hasta 9 usuarios) |
Comunicaciones Seguras |
12 |
125 €/ dispositivo (hasta 9 usuarios) |
Ciberseguridad |
12 |
125 €/ dispositivo (hasta 9 usuarios) |
Presencia avanzada en Internet |
12 |
2.000 € |
Marketplace |
12 |
2.000 € |
6 | Cómo solicitar el bono Kit Digital:
Los pasos son los mismos que con las primeras convocatorias (enlace a post de las primeras convocatorias) en los cuales debes:
A partir de ahora, los acuerdos entre beneficiarios y Agentes Digitalizadores pueden firmarse a través de medios electrónicos como: el certificado electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN. De esta forma, se facilita y aporta una mayor seguridad jurídica al beneficiario de la ayuda, optimizando los sistemas de firma ya disponibles en el sector público.
Si necesitas más información o asesoramiento en la tramitación, puedes contactar con nosotros a través del email esther.costa@ceeim.es o llamando al 968904808.