16 Oct CEEIM muestra a las EIBTs la ruta para proteger la propiedad intelectual de sus innovaciones
Las empresas innovadoras de base tecnológica (EIBTs) deben seguir tres pasos para proteger su propiedad intelectual, consistentes en desarrollar un producto o servicio innovador, proteger el capital intelectual de la empresa mediante instrumentos de derecho y hacer uso de herramientas para impedir y paralizar actuaciones parasitarias de terceros, si fuera necesario, según se expuso en el desayuno tecnológico sobre “Propiedad Intelectual y Propiedad Industrial”, organizado por la red de inversores privados en la Región Murcia-Ban en el Centro Europeo de Empresas e Innovación de Murcia (CEEIM), donde ha intervenido Salvador Sánchez, de Elzaburu Abogados y Consultores.
El taller tecnológico ha reunido a múltiples empresas innovadoras de base tecnológica (EIBTs), que acudieron para encontrar respuestas a uno de sus mayores quebraderos de cabeza, en especial en el sector de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación, consistente en cómo proteger sus innovaciones tecnológicas de posibles copias tras salir al mercado global, ya que desarrollan aplicaciones o sistemas informáticos que, no siempre, pueden protegerse mediante una patente.
La participación de Salvador Sánchez en el evento ha contribuido a tranquilizar a los emprendedores asistentes, a quienes dijo que existía “una especie de leyenda negra sobre la imposibilidad de actuar frente a las copias de nuestros productos o servicios realizadas por terceros. Creo que es el resultado de años de retraso en nuestro país en adoptar medidas, especialmente ejecutivas, en la protección del conocimiento y la innovación”,
ha indicado, además de añadir que la situación en España difería a la existente en países como Estados Unidos,
“en donde hace ya decenios, tenían muy clara la importancia de esta protección y defensa”.
El ponente ha sostenido que en la actualidad existe mayor conocimiento sobre lo que significa la propiedad intelectual en los ámbitos legales y judiciales, incluidos tribunales especializados en la materia. Para evitar las copias, ha indicado a las EIBTs que deben realizar una gestión basada en desarrollar productos y servicios innovadores, originales y diferentes, que tengan un valor fundamental en su empresa y buscar fórmulas para salvaguardarlos, en donde incluyó
“patentes, derechos de autor, marcas, diseños, secreto industrial, topografía de semiconductores o dominios”.
Incrementar la rentabilidad empresarial
Para que las empresas puedan obtener una máxima rentabilidad empresarial de sus acciones en innovación y conocimiento, Salvador Sánchez animó a los emprendedores a incluir el proceso de identificación del capital intelectual como una línea habitual más en la gestión de su negocio.
“La economía en el siglo XXI se basa en la innovación y el conocimiento. Sólo si sabemos reconocer, proteger y gestionar adecuadamente tanto la innovación como el conocimiento generado en nuestra empresa, estaremos en condiciones de competir con ventaja en un mundo de economía globalizada”, ha indicado el ponente.
Ventajas fiscales para EIBTs
En el desayuno tecnológico ha indicado que la mayoría de las ayudas que las Administraciones Públicas ponen a disposición de los solicitantes de patentes y otras formas de protección de la propiedad intelectual forman parte de programas más amplios de promoción de sectores económicos o de ayudas para la internacionalización de las empresas radicadas en casa región.
“Hay ayudas a nivel autonómico. También, a nivel nacional como la posibilidad de aplazar el pago de las tasas para solicitantes con bajos ingresos, entre otras, y, por último, hay ayudas que proceden de la UE, como las que sirven para la promoción tecnológica internacional o las que están en los Programa Marco de I+D”.
Asimismo, el ponente se ha referido a las ayudas y subvenciones que la Oficina Española de Patentes y Marcas pone a disposición de los solicitantes de derechos de propiedad industrial una serie de ayudas y subvenciones, que pueden consultarse en su página web.
“Estas ayudas se han convocado anualmente, publicándose hacia el mes de abril, y subvencionan los gastos en tasas oficiales y traducciones necesarias para la presentación de solicitudes de patente, tanto nacionales como en el extranjero. Para poder acogerse a ellas, hay que haber depositado la solicitud de patente correspondiente con anterioridad”.
Patent Box
Desde el punto de vista de la fiscalidad, los asistentes han conocido el conjunto de medidas “Patent Box”, consistente en la aplicación de una reducción del Impuesto de Sociedades sobre las rentas procedentes de la cesión de uso o explotación de determinados intangibles desarrollados por la empresa y que puede llegar hasta el 60% de la renta neta.